Requisitos
Pueden inscribirse para estudiar programas Técnicos Profesionales:
- Las personas mayores a 16 años que hayan aprobado el 9º. Grado o presenten C.A.P. del SENA, según ley 749 de 2002 y los jóvenes que estén realizando el 10º. Grado, mediante articulación de la FESC, con los colegios.
- Los bachilleres.
- Quienes habiendo sido estudiantes de la F.E.S.C. dejan de serlo por razones diferentes.
- Quienes habiendo iniciado estudios en otra Institución de Educación Superior nacional o extranjera, en programas autorizados por el Ministerio de Educación Nacional, soliciten transferencia a la F.E.S.C. de acuerdo con la reglamentación vigente.
Pueden inscribirse para estudiar programas Tecnológicos:
- Los Bachilleres.
- Quienes habiendo sido estudiantes de la FESC, dejan de serlo por razones diferentes.
- Quienes habiendo iniciado estudios en otra Institución de Educación Superior nacional o extranjera, en programas autorizados por el Ministerio de Educación Nacional, soliciten transferencia a la F.E.S.C. de acuerdo con la reglamentación vigente.
Pueden inscribirse para estudiar el nivel Profesional:
-
Los Tecnólogos de un programa de la FESC o de un programa afín emitido por una institución de Educación Superior.
-
Quienes habiendo sido estudiantes de la FESC, dejan de serlo por razones diferentes.
-
Quienes habiendo iniciado estudios en otra Institución de Educación Superior nacional o extranjera, en programas autorizados por el Ministerio de Educación Nacional, soliciten transferencia a la F.E.S.C. de acuerdo con la reglamentación vigente, siempre y cuando presenten el título de tecnólogo.
Pueden inscribirse para estudiar un Posgrado:
- Formulario de Inscripción, correctamente diligenciado y firmado.
- Comprobante del pago por concepto de derechos pecuniarios de inscripción y de matrícula.
- Copia del carné de afiliación a COMFANORTE. (En caso de ser afiliado).
- Pago del Seguro Estudiantil y Estampilla Procultura.
- Formulario de entrevista, debidamente diligenciado, avalado por la Coordinación del proceso de Extensión.
- Resultado del estudio de nivelación o de homologación, cuando el caso lo amerite (transferencias internas, externas, o de otra institución mediante convenio previamente establecido), debidamente diligenciado por el coordinador del programa.
- Una fotocopia ampliada al 150% y legible del documento de identidad.
- Fotocopia del diploma y acta de grado que lo acredite como Profesional de un programa emitido por una institución de Educación Superior, autenticada. En caso de ser candidato a grado entregar una certificación de su candidatura a grado (Se entiende como candidato a grado el estudiante que solo le falta la ceremonia de grado).
ADMISIÓN DE ESTUDIANTES
La F.E.S.C., realizará a todo estudiante nuevo, una entrevista de ingreso de carácter obligatoria, que le permita caracterizar la población, con el fin de consolidar la política de retención estudiantil y establecer estrategias de mejoramiento en los procesos formativos, cualificación vocacional, actividades específicas de consejería y bienestar universitario. Su diseño y aplicación será direccionada por el Consejo Académico y responsabilidad de Bienestar Institucional.
Los aspirantes a programas de metodología a distancia, metodología virtual, realizarán la entrevista completando el formulario dispuesto en la plataforma para tal fin.
MATRÍCULA DE ESTUDIANTES
Administrativa. Cuando el estudiante cancela los valores financieros establecidos por la universidad, en una de las cuentas bancarias para tal fin.
Académica: Cuando el estudiante registra por el sistema o directamente en la oficina de Inscripción y Matrícula los créditos académicos que va a cursar durante el período académico.
La matrícula que se realiza dentro del periodo fijado por la universidad en su calendario académico, se denomina ORDINARIA.
La matrícula que se hace por fuera del periodo ordinario, fijado por la universidad en su calendario académico, se denomina EXTRAORDINARIA, a menos que exista causa o fuerza mayor, debidamente autorizada por el Comité Administrativo.
Admisiones
PARA NIVEL TÉCNICO PROFESIONAL
- Formulario de inscripción debidamente diligenciado dentro de las fechas establecidas en el Calendario de Actividades Académicas, según la vigencia.
- Pago de derechos pecuniarios por concepto de inscripción. (Toda Inscripción es válida únicamente para el período académico en el cual se hace y su valor no es reembolsable ni transferible en ningún caso).
- Una fotocopia ampliada y legible del documento de identidad.
- Constancia de estudio del Programa Media Técnica (si la ha realizado en algún colegio que tenga convenio con la FESC.), para optar por las homologaciones.
- Solicitud del estudio de nivelación o de homologación, cuando el caso lo amerite (transferencias internas, externas o del programa Media Técnica de la FESC).
PARA NIVEL TECNOLÓGICO
- Formulario de inscripción debidamente diligenciado dentro de las fechas establecidas en el cronograma académico, según la vigencia.
- Pago de derechos pecuniarios por concepto de inscripción. (Toda Inscripción es válida únicamente para el período académico en el cual se hace y su valor no es reembolsable ni transferible en ningún caso).
- Una fotocopia ampliada y legible del documento de identidad
- Fotocopia del título de bachiller y acta de grado.
- Fotocopia del diploma y acta de grado que lo acredite como Técnico Profesional de un programa de la FESC o de un programa afín emitido por una institución de Educación Superior.
- Solicitud del estudio de nivelación o de homologación, cuando el caso lo amerite (transferencias internas o externas).
PARA NIVEL PROFESIONAL
- Formulario de inscripción debidamente diligenciado dentro de las fechas establecidas en el cronograma académico, según la vigencia.
- Pago de derechos pecuniarios por concepto de inscripción. (Toda Inscripción es válida únicamente para el período académico en el cual se hace y su valor no es reembolsable ni transferible en ningún caso).
- Una fotocopia ampliada y legible del documento de identidad
- Fotocopia del diploma y acta de grado que lo acredite como tecnólogo de un programa de la FESC o de un programa afín emitido por una institución de Educación Superior.
- Solicitud del estudio de nivelación o de homologación, cuando el caso lo amerite (transferencias internas o externas).
Nota:
El estudiante que continúe el nivel tecnológico o profesional inmediatamente finalice el nivel anterior o máximo un semestre después, no cancelará el formulario de inscripción, pero deberá diligenciarlo, como soporte del nuevo nivel.
Créditos Académicos
MATRÍCULA SEGÚN EL SISTEMA DE CRÉDITOS ACADÉMICOS
La matrícula que realiza el estudiante en cualquiera de los programas que ofrece la institución se hará según el sistema de créditos académicos. El crédito académico es el tiempo estimado de 48 horas que el estudiante dedica al trabajo académico en función de su formación, aprendizaje y dominio de competencias que espera desarrollar en el programa.
Avance en los procesos de formación
La duración de una carrera está determinada por el sistema de créditos académicos. El estudiante avanzará en el proceso formativo acorde con el número de créditos académicos promedio que matricule y apruebe en cada período académico, por lo tanto, será el estudiante quien administre su propio proceso formativo. La institución le brindará al estudiante la asesoría necesaria para que acierte en sus decisiones a través del sistema de inscripciones previas a la matrícula y del sistema de consejerías, orientadas por el Departamento de Inscripción y Matrícula.
Número de créditos por período académico
Al organizar el Plan de Estudios, la F.E.S.C., asigna entre 13 y 18 créditos por semestre. Sin embargo, el estudiante podrá matricular los créditos que considere puede cursar dependiendo de sus condiciones personales. La condición de estudiante regular de la F.E.S.C., se adquiere y se mantiene cuando matricula sus créditos sin importar el número de ellos.
El estudiante podrá matricular un número de créditos inferior al establecido para el semestre, sin que ello afecte su condición de estudiante regular.
El estudiante podrá matricular un número de créditos académicos superior al establecido para el semestre, siempre y cuando su rendimiento académico, tenga un promedio ponderado igual o superior a 3.5 (tres cinco).
Valor pecuniario del crédito académico
El valor pecuniario del crédito académico para cada uno de los niveles tendrá un valor diferencial y será aprobado anualmente por el Consejo Superior atendiendo los lineamientos del Gobierno Nacional.
El valor pecuniario de la matrícula será el resultado de multiplicar el número de créditos académicos matriculados por el valor económico asignado al crédito académico.